ÁFRICA Y EL MUNDO
Guinea Ecuatorial actualiza la estructura de precios de los productos refinados
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Ante la obsolescencia del modelo de precios de los carburantes vigente desde 2007 y el impacto negativo de la subvención estatal al combustible en los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno ha aprobado el Decreto Nº 26/2025, de fecha 03 de marzo. Esta normativa actualiza la estructura de precios de los productos refinados, ajustándola a las circunstancias actuales y reforzando el control sobre la distribución y comercialización en el país.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Conscientes de que la Estructura de Precios de carburantes en Guinea Ecuatorial desde el año 2007 viene siendo obsoleta y que la subvención del Estado al precio del combustible (DIFERENCIAL CTF) tiene un impacto negativo en la ejecución de los Presupuestos Generales del Estado; es por lo que el Gobierno, mediante decreto número 96/2013 de fecha 16 de Julio, adoptó la medida le segregar el mercado de distribución y comercialización de los productos refinados en la República de Guinea Ecuatorial en : (1) Mercado Subvencionado, correspondiente a las ventas realizadas por las empresas del sector en la red de surtidores o estaciones de servicio y el Jet-Al para uso de las componías aéreas Estatales, y (2) Mercado Liberalizado, correspondiente a las ventas que las empresas distribuidoras realizan en sus factorías o tanques de almacenamiento, así como el Jet Internacional respectivamente.
Considerando que la aplicabilidad de las medidas de contención del gasto público, la lucha incesante contra la distribución y comercialización clandestinas de los productos refinados en el Ámbito Nacional, y la necesidad de mitigar cada vez más la larga financiera que supone el DIFCIF al Estado, se hace necesario la adopción de una Nueva Estructura de Precios adecuándola a las circunstancias del momento, actualizando en consecuencia, el decreto 139/2021, de fecha a 5 de noviembre.
Considerando que para conformar las políticas económicas en la Subregión, es menester llevar a cabo la armonización gradual de los precios de los productos refinados.
En su virtud, y a propuesta de los Ministerios de Hidrocarburos y Desarrollo Minero, y de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico, previa deliberación en el Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el día 28 de febrero del año 2025.
DIPONGO:
CAPITULO I:
Articulo 1.- Aprobación de la Nueva Estructura de Precios.
1.1. Mediante el presente decreto, se aprueba la Nueva Estructura de Productos Refinados en la República de Guinea Ecuatorial en el sector del mercado subvencionado como sigue:
a. Gasolina, 645 FCFA/Litro.
b. Gasóleo, 520 FCFA/Litro.
c. Petróleo Lampante (Queroseno), 215 FCFA/Litro.
d. JET-Al, 580FCFA/Litro. Para uso de las empalas Aéreas 100% Estatales que realicen vuelos nacionales y/o internacionales.
e. JET Al internacional, a Precio liberalizado. Para uso de las compañías aéreas No Estatales, así como el servicio de helicópteros para actividades de la industria petrolera y no petrolera, y otros similares.
12. Todas las personas físicas que deseen comprar combustible para uso doméstico, en las Estaciones de Servicio, tendrán derecho a la subvención hasta un límite máximo le cien (100) litros por vehículo/persona/día, a excepción del Petróleo Lampante (Queroseno), cuya cantidad máxima permitida será de Cuarenta (40) Litros por persona/día.
1.3. Queda totalmente prohibida la Compra y Venta de combustible a precio subvencionado para las personas jurídicas, compañías aéreas No Estatales, las compañías que prestan servicio de helicópteros, buques de carga y pasaje, empresas mixtas o con participación estatal, privadas (comerciales e industriales), Organismos No Gubernamentales, Organismos Religiosos y similares.
Artículo 2.- Alcance, Definiciones y especificaciones técnicas.
2.1.- Para la aplicación de este Decreto se entenderá por:
a. Mercado liberalizado. Está dedicado para las compañías aéreas No Estatales, las compañías que prestan servicio de helicópteros, buques de carga y pasaje, empresas mixtas o con participación estatal, privadas (comerciales e industriales), Organismos No Gubernamentales, Organismos Religiosos y similares.
b. Precio Producto Liberalizado a todas las ventas realizadas fuera de las Estaciones de Servicio y aeropuertos. Dichas ventas se realizarán en los depósitos de almacenamiento a precio liberalizado y no estando sujeto a precio máximo alguno y operando según las reglas del mercado libre. El precio liberalizado está compuesto por el precio de Entrada en depósito + derechos aduaneros +Tasa de Integración Comunitaria + Tasa de Comercio +Tasa de Stock Estratégico + gastos y Tasas de Puerto + Tasa de Seguridad Marítima más el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuyo tratamiento será conforme a las disposiciones recogidas en la normativa tributaria de la República de Guinea Ecuatorial
c. Precio Subvencionado al precio de venta fijado por el Estado paro los productos refinados subvencionados en las Estaciones de Servicio y para Jet A-1 para uso de las compañías aéreas Cien por Cien (100%) estatales, cuyo tratamiento viene recogido en la ficha de la Estructura de Precios Vigente.
2.2.- El presente Decreto se aplicará a las operaciones, tanto offshore como onshore, realizadas en la República de Guinea Ecuatorial en el sector petrolero de importación, distribución y comercialización de los diferentes productos refinados.
2.3.- La actividad de importación, distribución y comercialización de productos refinados en offshore y en onshore se harán conforme a las definiciones y el especificaciones técnicas y control de calidad previstas en el Reglamento de 01 oraciones Petroleras.
Artículo 3. Del volumen máximo permitido.
3.1.- Todos los clientes que deseen más de cien (100) litros al día de gasolina y gasóleo, a excepción del JET A-1 de las compañías aéreas Cien por Cien (100%) Estatales pagarán el combustible a precio liberalizado.
3.2.- Se prohíbe comprar a precio subvencionado más de cuarenta (40) litros de queroseno/día,
CAPITULO II.
Artículo 4.- Del Comité Nacional de Control de Precios de Combustibles y su Financiación
4.1.-Se destaca, en el seno del Ministerio de Hidrocarburos y Desarrollo Minero, un Comité Nacional de Control de Precios de Combustibles, que estará dedicado al control y seguimiento de precios de los productos refinados en la República de Guinea Ecuatorial, y al que integrarán los Ministerios de Hidrocarburos y Desarrollo Minero, el Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico y las empresas de distribución de productos refinados; quienes se reunirán los últimos 2 días de cada mes, para consensuar los parámetros variables de la estructura de precios de los productos por las partes que lo integran.
4.2. El Comité Nacional de Control de Precios de Combustibles, entre otras atribuciones, evaluará periódicamente el precio en el mercado liberalizado, con la finalidad de evitar precios abusivos, controlar y guardar la confidencialidad de datos o informaciones entre las diferentes distribuidoras.
4.3. Por cada ejercicio, el programa de actividades y el presupuesto de funcionamiento del Comité Nacional de Control de Precios de Combustibles será sometido a los Ministros de Hidrocarburos y Desarrollo Minero y al de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico para su aprobación.
CAPITULO III:
Artículo 5.- Suscripción a la Publicación Internacional de Cotizaciones de Precios (Platt ).
Para garantizar el control de las importaciones y un seguimiento estricto de los costes asociados a dicha actividad, el Estado, a través del Ministerio de Hidrocarburos y Desarrollo Minero y el de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico, deberán suscribirse a una Publicación Internacional que publique las cotizaciones de referencia del Mercado Internacional del combustible (Platt’s). La Comisión Técnica de Compensación creada en el seno del Ministerio de Hacienda mediante el artículo 15 del Decreto 42/1995 de fecha 6 de junio, trabajará en estrecha colaboración con el Comité Nacional de Control de Precios de Combustibles del Ministerio de Hidrocarburos y Desarrollo Minero, el cual se encargará del seguimiento, control de las cantidades importadas, su distribución y comercialización.
Articulo 6.- Control de volúmenes importados y distribuidos.
6.1. Las empresas del sector de importación y distribución proveerán al Ministerio de Hidrocarburos y Desarrollo Minero la documentación que acredite la cantidad y calidad de cada importación de los productos refinados en Guinea Ecuatorial, en los diferentes canales de venta (liberalizado, subvencionado y o Ofshore), así como los precios de venta.
6.2. Las empresas distribuidoras remitirán al Ministerio de Hidrocarburos y Desarrollo Minero los registros de volúmenes de combustible vendidos en las estaciones de servicio.
6.3. Las empresas distribuidoras remitirán los datos sobre la calidad del producto (certificado de calidad), tipo de cambio ($/XAF) aplicable a la zona BEAC, así como lo factura de compra.
CAPITULO IV
Articulo 7.- De la Tasa de Estabilización.
La tasa de estabilización se calculará de tal manera que los precios de venta en los surtidores se mantengan estables, absorbiendo las variaciones en dos precios CIF en función de la evolución de precios de los productos refinados en el Mercado Internacional, a excepción del Jet-Al Internacional, y el utilizado por las compañías que prestan servicios en la industria, entre otras, cuyo precio esté Iiberalizado.
Articulo 8.- Precio Máximo Producto No Subvencionado.
8.1. Se estable ce una referencia de Precio Máximo Mensual destinado a los clientes No Sub rencionados, siguiendo la Estructura de costes y demás componentes del precio de mercado local, siendo e! precio de venta calculado, el que resulta del precio de compra del producto en el mercado internacional ajustado por los diferentes componentes de la Estructura de Precios.
8.2. Por razón de armonización y uniformidad en los cálculos aplicables en la presente Estructura de Precios a todas las compañías distribuidoras, se determina que el precio de referencia sobre el mercado internacional para los cálculos de la estructura aplicable durante el mes M, será el promedio de las cotizaciones de la referencia Plan’ s Mean NWE Cargoes CIF de cada producto durante el periodo comprendido entre el día 10 hasta el día 2 del mes anterior (M-1), al cual se añade la prima de la compañía distribuidora. Tanto la prima como los gastos financieros serán revisados conforme al soporte documental que lo acredite.
CAPITULO V:
Artículo 9.- De la compra y venta del Queroseno/Petróleo Lampante a precio subvencionado y prohibiciones.
9.1.- La Comercialización del Queroseno/Petróleo Lampante a precio subvencionado por el Estado, se destina exclusivamente a las personas físicas para el uso doméstico.
9.2. Queda absolutamente prohibida le compra y venta de Petróleo Lampente/Queroseno a precio subvencionado en las gasolineras o estaciones de servicio para las persones jurídicas, así como les personas físicas que lo adquieren para fines comerciales, industriales o de ejecución de infraestructuras / grandes obras.
9.3.- Se prohíbe totalmente la vente a precio subvencionado de Petróleo Lampante/ Queroseno, fuera de las estaciones de servicio o gasolineras.
Articulo 10.- De la comercialización de Petróleo Lampante/Queroseno para personas jurídicas o físicas con fines comerciales, industriales o de ejecución de infraestructuras o grandes obras y prohibiciones.
10.1. Todas las personas jurídicas o físicas con actividades comerciales, industriales o de ejecución de infraestructuras o grandes obras, a partir de la publicación del presente Decreto, deberán adquirir el Petróleo Lampante/Queroseno en los depósitos de almacenamiento de las empresas distribuidoras del sector a precio liberalizado.
10.2. Queda terminantemente prohibido a las empresas distribuidoras del sector, vender Petróleo Lampante/Queroseno a tales clientes en las estaciones de servicios (gasolineras).
CAPITULO VI:
Artículo 11.- De la Prohibición de Venta Ambulante de Combustibles.
A efectos de este Decreto, queda totalmente prohibido las actividades de venta ambulante, clandestina e ilegal de combustible en todo el Territorio Nacional.
CAPITULO VII:
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
Artículo 12,- El Gobierno a través de los Departamentos correspondientes actualizará los precios de transporte público urbano e interurbano en todo el Ámbito Nacional.
Artículo 13.- El Gobierno subvencionará mediante ayudas directas al transporte público urbano e interurbano con el objetivo de garantizar la accesibilidad y Sostenibilidad del servicio de transporte público.
DISPOSICIONES ADICIONALIES:
Primera. Se faculta al Ministerio de Hidrocarburos Y Desarrollo Minero designar una oficina de trabajo para el Comité Nacional de Control de Precios de Combustibles donde se analizará y se cotejará la información recopilada de los datos de importación y distribución para su posterior procesamiento. Dicho Comité integrado por los Ministerios de Hidrocarburos y Desarrollo Minero y el de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico, tendrá acceso a la Publicación Inter nacional de referencia de precios que el Gobierno decida suscribirse y proveerá a efectos de seguimiento las fluctuaciones en el Mercado Internacional de los productos refinados en el País.
Segunda. Se faculta asimismo a los Ministerios de Hidrocarburos y Desarrollo Minero, y al de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico, velar por el exacto cumplimiento del contenido de este decreto, y a adoptar y dictar todas y cuantas medidas y actualizaciones sean necesarias para la mejor aplicación y ejecución de lo dispuesto en el mismo.
Tercera. Se faculta al Ministerio de Hidrocarburos y Desarrollo Minero adoptar las Medidas de Acompañamiento que eviten que la Actualización del Precio Subvencionado de los Combustibles afecte al Sector de Transporte Público. Dicha medida de Acompañamiento se aplicará mediante una Orden Ministerial promulga por el Departamento de Hidrocarburos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS:
Primera. Queda derogado el Decreto Núm. 139/2021 por el que se Establece la Nueva Estructura de Precios de Productos Refinados en la República de Guinea Ecuatorial.
Segunda. Queda derogado el artículo 4 del Decreto Núm. 96/2013, de fecha 16 de Julio, que faculta al Estado subvencionar del 10 al 20% de las ventas realizadas en las estaciones de servicio y declaradas por las empresas.
Tercera. – Queda derogada la Disposición número 2226/2012 promulgada por el Ministerio de Hacienda, Planificación y Desarrollo Económico que faculta a las empresas vender 440 litros/cliente/día en las estaciones de servicio.
Cuarta. – Quedan anuladas todas !as autorizaciones y exoneraciones de compra da combustible a precio subvencionado, otorgadas con anterioridad a le entrada e vigor del presente Decreto.
Quinta. Quedan abolidas y sin efecto, las tasas no incluidas de forma expresa en la Nueva Estructura de Precios que aprueba el presente Decreto.
DISPOSICION FINAL:
El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de su publicación por los medios Informativos Nacionales.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Malabo a tres días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.
POR UNA GUINEA MEJOR,
OBIANG NGUEMA MBASOGO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Fuente: Guineaecuatorialpress
ÁFRICA Y EL MUNDO
Canal Sol clausura con éxito la «Ruta al Mundial» y anuncia el lanzamiento de la «Ruta a la CAN 2027»
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Hace 21 horasel
21 de agosto de 2026
Este viernes 21 de agosto, se ha llevado a cabo en la sede de Canal Sol el cierre oficial de «Ruta al Mundial», un proyecto comunicacional emblemático que surgió con el propósito de conectar a Guinea Ecuatorial con el mundo y acercar a toda la población nacional la emoción, la actualidad y las historias surgidas alrededor de la gran cita futbolística.
A través de un programa en directo que daba cobertura diaria y se conectaba directamente con el corresponsal en México, la iniciativa ha logrado tender un puente de información cercano, dinámico y riguroso para que los hogares del país vivieran el campeonato global de primera mano.

El propósito central de «Ruta al Mundial» ha sido posicionar la presencia de Guinea Ecuatorial dentro de la conversación mediática global, demostrando la capacidad de proyectar contenidos informativos de nivel internacional. Al mismo tiempo, la empresa distribuidora de canales por excelencia reafirma su compromiso social al garantizar que el público ecuatoguineano contara con acceso directo a los análisis, datos y cobertura de cada jornada deportiva.
Durante el acto de clausura, se proyectó un resumen audiovisual de los momentos más destacados del despliegue mediático, dando paso a las intervenciones institucionales que enmarcaron el éxito de la jornada.

El Director de Producción de Canal Sol, Raúl Chardy, ofreció un balance de la compleja logística detrás de las cámaras. Chardy detalló los difíciles procesos técnicos y operativos que el equipo tuvo que superar durante el torneo para cumplir los objetivos marcados, subrayando que, aunque el camino no fue fácil, la determinación del equipo demostró que «cuando se quiere, se puede», logrando sacar adelante una producción exigente y de alto nivel.

En representación de la Dirección General de Canal Sol, Anacleto Marcos Ondó Motú Obono tomó la palabra para expresar un sincero agradecimiento a las instituciones y firmas comerciales que hicieron posible el proyecto, destacando el patrocinio de empresas como Tradex, Grupo Molsa, IMAGINE, Bange Sociedades de Valores y Afrimol, así como el respaldo institucional del Ministerio de Información, Prensa y Turismo.
Asimismo, felicitó calurosamente a todo el personal y colaboradores por su entrega diaria: «Hoy hemos demostrado que cuando un equipo trabaja unido, con compromiso, responsabilidad y una misma visión, los resultados pueden ser positivos, sorprendentes y capaces de deslumbrar. La Ruta al Mundial nos deja precisamente esa enseñanza: juntos podemos llegar más lejos», subrayó.
El Director Comercial y de Marketing de la firma, Lorenzo Eneme Mitogo, resaltó la dimensión innovadora de la cobertura, la cual integró de manera pionera el talento digital, a creadores de contenido e influencers para conectar de forma fresca y directa con las audiencias. Eneme enfatizó que la iniciativa confirmó la sólida capacidad operativa, comercial y estratégica de Canal Sol para liderar producciones de gran envergadura.
El acto concluyó con el anuncio oficial de la «Ruta a la CAN 2027». Según explicó el Director Comercial, con el respaldo de la Dirección General se repetirá esta fórmula de éxito, sumando más patrocinadores y ampliando la cobertura digital para llevar nuevamente el mejor fútbol africano a toda la afición.
ÁFRICA Y EL MUNDO
El Gobierno reúne a 55 empresas en la Cámara de Comercio para reforzar su gestión, formalización, comercialización y financiamiento
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18 de agosto de 2026
Un total de 55 empresas seleccionadas recibirán capacitación del 19 al 27 de agosto para reforzar sus capacidades de gestión, formalización, comercialización y acceso a financiamiento, una acción con la que el Ejecutivo reafirma su plan de fortalecer el tejido empresarial para impulsar la diversificación económica del país.

MALABO, 18 de agosto de 2026 – El Gobierno de Guinea Ecuatorial, a través del Ministerio de Economía, Comercio, Industria y Promoción de Inversiones, junto con el Banco Africano de Desarrollo (BAD) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), ha lanzado en la Cámara de Comercio de la Región Insular la segunda fase del Programa Integral de Fortalecimiento Empresarial. Un total de 55 empresas seleccionadas recibirán capacitación del 19 al 27 de agosto para reforzar sus capacidades de gestión, formalización, comercialización y acceso a financiamiento, una acción con la que el Ejecutivo reafirma su plan de consolidar el tejido empresarial para impulsar la diversificación económica del país.
El acto oficial de apertura contó con la participación de autoridades nacionales, miembros del cuerpo diplomático y socios del sector privado. Durante la inauguración, el Vicepresidente de la Cámara de Comercio destacó la relevancia de esta iniciativa orientada a convertir a la institución cameral en el motor clave para impulsar el desarrollo de las MIPYMES nacionales. Por su parte, la representante del PNUD animó a las empresas seleccionadas a aprovechar íntegramente las sesiones, subrayando que las alianzas estratégicas generadas representarán oportunidades concretas para alcanzar la ansiada diversificación económica.

En sus palabras de apertura, el Viceministro de Economía, Comercio, Industria y Promoción de Inversiones, Avelino Mocache, afirmó que con esta iniciativa se reafirma una vez más el plan del Gobierno en fortalecer el tejido empresarial en pro de la diversificación económica del país. Mocache hizo un llamamiento a otros socios para el desarrollo a sumarse a esta causa, citando como modelo la colaboración mantenida con el BAD y el PNUD. Asimismo, recordó a los representantes de las MIPYMES que constituyen los aliados principales de este proyecto, instándoles a poner en práctica las competencias adquiridas como pilar indispensable para lograr las metas de crecimiento económico nacional.
Dando continuidad a la primera etapa desarrollada en Bata, esta nueva fase se llevará a cabo en las instalaciones de la Cámara de Comercio de Malabo II. Las 55 empresas beneficiarias abordarán un programa práctico estructurado en cuatro módulos formativos:
- Formalización y estructuración empresarial.
- Gestión financiera y operativa.
- Acceso a financiamiento y elaboración del plan de negocio.
- Comercialización y acceso a mercados.

Junto a las sesiones de capacitación, las empresas participantes se someterán a un diagnóstico empresarial previo con el objetivo de identificar sus necesidades específicas y orientar el acompañamiento personalizado durante el programa.
Esta acción forma parte del Proyecto MIPYMES y prioriza de manera especial a las empresas lideradas por mujeres y jóvenes, alineando sus resultados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 5, 8, 9 y 17) para la creación de un ecosistema empresarial resiliente, inclusivo y competitivo en Guinea Ecuatorial.
ÁFRICA Y EL MUNDO
Francisco Chinda: «No confundas una idea con una empresa; la clave está en resolver necesidades reales»
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Hace 1 semanael
13 de agosto de 2026
Conversamos con el fundador de CHINDA ARQUITECTOS SL sobre el impulso de las MIPYMES, la diversificación económica y los retos del emprendimiento en Guinea Ecuatorial.

En un momento clave para el modelo económico de Guinea Ecuatorial, el sector privado está llamado a liderar la transición hacia una economía diversificada. El equipo de A&A Capital conversa con Francisco Biong Chinda Trillo, fundador de CHINDA ARQUITECTOS SL, sobre el impulso de las MIPYMES, el valor del conocimiento local y los retos del emprendimiento nacional.
A&A Capital: ¿Cómo evalúa el estado actual del emprendimiento y la diversificación en Guinea Ecuatorial?
Francisco Chinda: Guinea Ecuatorial se encuentra en un momento de transición. Durante años nuestra economía estuvo condicionada por los hidrocarburos. Ahora necesitamos producir, transformar, innovar y crear empresas capaces de generar valor más allá del petróleo y el gas.
Veo que existe talento, pero transformar ese talento en empresas requiere disciplina, capacidad financiera y conocimiento del mercado. El verdadero cambio llegará cuando dejemos de pensar que emprender es «tener un negocio» y lo entendamos como crear soluciones para las necesidades reales del país.
A&A Capital: ¿De qué manera la arquitectura y el sector privado aportan a esta nueva etapa económica?
Francisco Chinda: La iniciativa privada debe ser el motor de la transformación. Diversificar no es solo crear empresas aisladas, sino construir un ecosistema productivo nacional.
En arquitectura, una obra no es solo un edificio; detrás hay ingenieros, carpinteros, electricistas, transportistas y técnicos. Un buen proyecto debe activar una cadena de valor utilizando mano de obra, materiales y empresas locales.
La diversificación económica se consolida a medida que fortalecemos nuestras capacidades locales. El verdadero valor de cada gran obra reside en afianzar el conocimiento, la técnica y la experiencia dentro del país.
A&A Capital: ¿Cómo pueden el diseño urbano y la construcción aportar al desarrollo sostenible del país?
Francisco Chinda: No podemos seguir entendiendo la construcción como el mero hecho de levantar metros cuadrados. Construir implica consumir suelo, energía y agua. En Guinea Ecuatorial tenemos condiciones climáticas particulares (calor, humedad y fuertes lluvias) que deben convertirse en ventajas mediante la orientación, sombras y ventilación natural. Para mí, la arquitectura verdaderamente moderna es la que hace más con menos, pasando de pensar en edificios aislados a planificar ciudades eficientes y humanas.
A&A Capital: ¿Cuáles son los principales obstáculos que enfrenta un emprendedor local y cómo superarlos?
Francisco Chinda: La incertidumbre y el acceso a la financiación son los mayores retos. A esto se suma la burocracia y la escasez de determinados perfiles especializados donde es prioritaria la creación del Colegio de Arquitectos de Guinea Ecuatorial.
¿Cómo se supera? Con previsión. Hay que presupuestar con prudencia, controlar costes y saber decir «no» cuando un proyecto no es viable. Facturar no siempre significa ganar dinero; una empresa sana es la que sabe crear valor y conservarlo.
A&A Capital: ¿En qué sectores identifica mayores oportunidades para la nueva generación?
Francisco Chinda: En aquellos que reduzcan la dependencia exterior: construcción, agricultura, agroalimentaria, tecnología y logística. Pero lo más interesante está en la intersección: el turismo necesita arquitectura, la agricultura exige logística y todo requiere tecnología. Las grandes oportunidades surgen al conectar sectores.
A&A Capital: ¿Qué consejo directo le daría a un joven que desea emprender hoy?
Francisco Chinda: Empieza pequeño, pero piensa en grande. No esperes a tener la oficina o el capital perfecto; empieza resolviendo un problema concreto para un cliente concreto.
Y algo fundamental: no confundas una idea con una empresa. Una idea vale muy poco si no puede ejecutarse; la empresa nace cuando se transforma en un servicio por el que el mercado está dispuesto a pagar. Busquen mentores, aprendan gestión y recuerden que la experiencia no se compra, se construye.
Reflexión final y visión de futuro
«Como arquitecto, estoy acostumbrado a trabajar con algo que todavía no existe. Antes de que exista un edificio, existe una idea; después viene el proyecto, luego la construcción y finalmente aparece una realidad que puede permanecer durante generaciones.
Creo que con Guinea Ecuatorial ocurre exactamente lo mismo. Nuestro país tiene delante un proyecto de transformación. Tenemos recursos, tenemos talento y tenemos una generación joven que quiere participar. El desafío ahora es convertir ese potencial en estructuras económicas sólidas.
Desde CHINDA ARQUITECTOS queremos formar parte de ese proceso. No solamente diseñando edificios, sino ayudando a imaginar espacios, ciudades y empresas que tengan sentido para nuestro clima, nuestra cultura, nuestra economía y nuestra gente. Porque la buena arquitectura no consiste en construir lo más grande. Consiste en construir lo que realmente necesitamos, de la mejor manera posible y pensando en quienes vendrán después. Ese es, para mí, el verdadero significado de emprender: construir hoy las posibilidades del mañana.»
— Francisco Biong Chinda Trillo
Desde A&A Capital, agradecemos al arquitecto y empresario Francisco Biong Chinda Trillo por compartir su visión con nuestra redacción. Sus palabras reafirman el compromiso de la iniciativa privada y del talento nacional en la consolidación de un ecosistema económico diverso, innovador y sostenible para Guinea Ecuatorial.
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