La Dirección General de Economía y Cuentas Nacionales del Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación sensibiliza sobre las ventajas de un sistema moderno de información crediticia a través del establecimiento de Oficinas de Información del Crédito (Bureaux d`Information sur le Credit “BIC”). Éstas oficinas, según Hacienda, permitirán al país contar con un sistema eficaz de análisis, evaluación y gestión de los riesgos crediticios, que permita anticipar el sobreendeudamiento del prestatario, reducir la asimetría de información entre prestamistas y prestatarios, incrementar el volumen de financiación bancaria y mejorar la calidad de la cartera de entidades financieras.
Las oficinas en cuestión cumplen con un papel importante: centralizar la información crediticia en el país, recopilando no solo los reportes negativos del cliente sino también su desempeño positivo.
En esta estela, conocer ambas caras de la moneda permite a las instituciones financieras poder otorgar adecuadamente una mayor cantidad de créditos a un menor riesgo. Por otro lado, permitirán al país contar con un sistema eficaz de análisis, evaluación y gestión de los riesgos crediticios, que permita anticipar el sobreendeudamiento del prestatario, reducir la asimetría de información entre prestamistas y prestatarios, incrementar el volumen de financiación bancaria y mejorar la calidad de la cartera de entidades financieras; así como la necesidad de disponer a nivel comunitario de un marco legal relativo a la actividad de las entidades que facilitan esta herramienta, basado en los principios de reciprocidad y confidencialidad y consentimiento de las personas sobre las que se ha acumulado crédito, ha señalado la Directora General de Economía y Cuentas Nacionales.
Es importante desarrollar y establecer herramientas que mejoren la calidad de información financiera.
Por otra parte, las oficinas de Información del Crédito (BIC) son entidades jurídicas autorizadas en el «REGLAMENTO NO03/18/CEMAC/UMAC/CM, RELATIVO A LAS CONDICIONES DEL EJERCICIO, DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LAS OFICINAS DE INFORMACIÓN DE CRÉDITO DE LA CEMAC», que realizan actividades de recogida, compilación, almacenamiento, tratamiento de datos e información a partir de fuentes públicas o recibidas de proveedores de información crediticia, y proporcionan información crediticia e informes de crédito a los usuarios a cambio de una cuota.
De la misma manera, las «BIC» también pueden, de forma complementaria, desarrollar y comercializar servicios de valor agregado a los usuarios; realizar cualquier actividad relacionada autorizada por el BEAC. Según la Dirección de Economía y Cuentas Nacionales. «Una BIC no podrá realizar otras actividades que aquellas para las que haya sido aprobada o para las cuales haya recibido autorización previa del BEAC», recoge el comunicado emitido por la dirección.
Toda la información completa y detallada sobre las BIC: actividades, organización y administración, obtención de la acreditación, obligaciones, etc, se encuentran en el REGLAMENTO NO03/18/CEMAC/UMAC/CM, RELATIVO A LAS CONDICIONES DEL EJERCICIO, DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LAS OFICINAS DE INFORMACIÓN DE CRÉDITO DE LA CEMAC y en los textos adoptados para su aplicación, disponibles en la web oficial del MHEP (www.minhacienda-gob.com), y en la web oficial de la BEAC (www.beac.int).